El domingo 27 de mayo Ecologistas en Acción de Villaviciosa reclamó con concentraciones, ante el campo de golf Las Lomas-El Bosque y el vallado realizado por la constructora Virton de la futura urbanización del Monte de la Villa, la apertura de caminos inhabilitados por la acción de ambas entidades.

Tras años de infructuosas denuncias ante las administraciones competentes, alrededor de dos docenas de miembros de Villaviciosa ecológica-Ecologistas en Acción decidieron reclamar directamente a las entidades infractoras, la apertura de caminos cerrados o inhabilitados por su acción.

En el caso del campo de golf Las Lomas-El Bosque, el vallado de cierre no respeta la distancia mínima a la orilla del río [1].Este hecho, el hundimiento del terreno en algunas zonas próximas a las vallas y la falta de poda de la maleza han originado que se pierda el camino que unía El Sotillo con la “vereda de las Huelgas” y, por tanto, el tránsito peatonal entre Villaviciosa y Boadilla del Monte por esta zona. Denunciada la infracción hace ahora dos años (junio de 2010) ante la confederación hidrográfica del Tajo, este organismo no ha emprendido investigación ni actuación alguna.

El caso de la vereda de Brunete es, si cabe, más sangrante. Trasladada la vía pecuaria de su trazado original para construir la urbanización del “monte de la Villa”, quedó interrumpida por el vallado de obras en el año 2008. El camino alternativo ofrecido, consiste en bordear el perímetro de obras por sendas que contienen tramos impracticables. Este hecho ha supuesto la desconexión peatonal de la zona urbana de Villaviciosa con el Sotillo.

Las gestiones de la asociación ecologista para la reapertura de esta vereda no han servido de nada. Ni la entrevista con el concejal de medioambiente, ni la presentación de mociones en el pleno municipal en febrero y marzo (cuya discusión fue vetada por el alcalde) ni las gestiones ante el departamento de vías pecuarias de la Comunidad de Madrid, han servido para obtener, siquiera, la intervención de la administración en esta vulneración flagrante de la legalidad vigente.

Con estas acciones, ecologistas en acción emprenden una campaña de reivindicación del uso público de los caminos públicos dirigida contra las entidades infractoras.

Notas

[1] El artículo 6 del Real Decreto 849/1986, de 11 de abril, por el que se aprueba el reglamento del dominio público hidráulico que desarrolla los títulos preliminar, I, IV, V, VI, VII y VIII del texto refundido de la Ley de Aguas, aprobado por el Real Decreto Legislativo 1/2001, de 20 de julio impide cualquier construcción a menos de 5 metros del nivel de máxima crecida de cualquier río. Además contempla la existencia de una zona de servidumbre de uso público no respetada en este caso.