Las emisiones de contaminantes resultantes de quemar 1.224.000 kilos de madera cada día, durante 11 meses al año son muy importantes y quedaron reflejadas en los documentos aportados por el promotor, que las calificó de «impacto severo». A pesar de las medidas preventivas que se pudieran adoptar, la cercanía de la Incineradora de 50 Mwe, a 600 m. de las viviendas y 1200 m. de un colegio y la gran cantidad de madera quemada supondría una importante emisión de contaminantes tóxicos, que según los expertos, provocan enfermedades broncopulmonares, cardiacas y cáncer.

Tras varios estudios de dispersión de contaminantes presentados por Forestalia, con errores , peticiones de prorroga y requerimientos de mejoras, Ecologistas en Acción se pregunta. ¿Con qué garantías otorgó el INAGA la AAI ( Autorización Ambiental Integrada) en agosto del 2015 y después le hizo repetir o mejorar varias veces el estudio de contaminantes? ¿ Qué garantías hay de que se preserva la salud de los ciudadanos?. El escrito del DG de Sanidad no garantiza la salubridad de la planta, solo dice que si los valores de inmisión «cumplen los valores límite» y entendiendo que el promotor establecerá los controles oportunos y el departamento correspondiente ejercerá la vigilancia que le corresponda, entonces «consideramos que la salud humana no se verá afectada».

La revisión de oficio ha sido un reconocimiento implícito del INAGA de que los informes eran defectuosos y para intentar corregirlos se abre un proceso que tanto desde el punto de vista de Ecologistas en Acción como por parte de Forestalia y del Departamento de Sostenibilidad se califica de irregular. Qué casualidad que las distintas partes estén de acuerdo en este punto, como así lo acredita la documentación que obra en el contencioso administrativo interpuesto por Ecologistas en Acción.

La previsible resolución de la revisión de oficio, con la adopción de alguna medida «de cara a la galería» y confirmando la AAI, (que según el INAGA ya era firme) supondría una nueva irresponsabilidad por parte del INAGA. Los estudios de contaminantes presentados por Forestalia siguen teniendo múltiples errores, parten de datos meteorológicos erróneos, pues no han hecho las correcciones que marca la estación de la que han obtenido los datos, el modelo adoptado sigue siendo el mismo que en anteriores estudios, está simplificado y es de gran incertidumbre, solo asume una dirección del viento y no tiene en cuenta las inversiones térmicas de origen topográfico (nieblas), e infravaloran la contaminación por partículas en suspensión. Así lo que se han obtenido son 800.000 datos erróneos (haciendo mención a los datos que dice haber obtenido Forestalia en el estudio de dispersión de contaminantes)

Por otro lado y al igual que indica el escrito presentado por el ayuntamiento de Monzón en la revisión de oficio, Ecologistas denuncia que no se han realizado estudios de benzopirenos, sino que se han modelizado a partir de datos de 15 días en 2008 y otros 15 de 2009, sin tener en cuenta las ampliaciones y la instalación, después de 2009 de nuevas industrias, que son generadoras de benzopirenos. Los benzopirenos son uno de los principales contaminantes generados al quemar biomasa y son cancerígenos.

Tampoco se han estudiado los COV (Compuestos orgánicos volátiles), ni las dioxinas o furanos, cuando existen evidencias de las altas emisiones de éstos por parte de este tipo de instalaciones, contaminantes también altamente tóxicos y en el caso de los COVs generadores de ozono «malo».

Por otro lado Ecologistas en Acción cree que se han cometido demasiadas irregularidades en la tramitación del expediente, irregularidades que denuncian en el contencioso administrativo presentado; las más importantes: la vulneración del PGOU de Monzón al pretender instalar la incineradora en suelo rústico en lugar de polígono industria para industria pesada y excederse en superficies y ocupación, la falta de estudio de alternativas de ubicación como pedía la DG de Ordenación del Territorio, el Consejo de Ordenación del Territorio o el informe técnico de la Comisión Provincial de Urbanismo, la falta de justificación del Interés Público o el Incumplimiento de la Ley de Protección ambiental y de los decretos de Calidad del Aire y Emisiones Industriales. En un caso similar, en la Incineradora de Biomasa de Juneda- Lleida (13 MWe) , el Tribunal Superior de Justicia de Cataluña (TSJC) ha anulado recientemente el plan especial urbanístico para la construcción de esta planta de biomasa al no incorporar “alternativas para ubicar la planta en otra zona urbanizable del término municipal” y no justificar por qué se tiene que hacer la planta en estos terrenos “protegidos” y no en otros.

Ecologistas en Acción insiste en que no existe ninguna razón objetiva que justifique la instalación de la incineradora a 600 metros de las viviendas de los vecinos de Monzón, salvo favorecer económicamente a la promotora de la Incineradora, Forestalia Renovables, que se evitaría así múltiples costes en la construcción, urbanización y explotación de la misma . Debe prevalecer el derecho a la salud de los ciudadanos sobre los intereses privados de la promotora.