Algunas mejoras y mucho continuismo en la política de la UE.

Sofia Parente, Pesticide Action Network-Europe [1]. Traducción: Alberto Villalba. Revista El Ecologista nº 50.

La Comisión Europea adoptó hace unos meses un borrador de Directiva para el uso sostenible de pesticidas y un borrador de Reglamento para la introducción de los mismos en el mercado de la Unión Europea, tras un retraso de un año. Las nuevas propuestas contienen algunos avances positivos. Pero, en general, no logran introducir las fuertes medidas que serían necesarias para cambiar el paradigma actual en el uso de pesticidas. Se deja sin respuesta a la gran preocupación sobre salud pública que mantienen tanto muchos ciudadanos, como investigadores y organizaciones ecologistas y de la salud.

Las propuestas aprobadas ahora tienen que pasar por el debate y el voto en el Parlamento Europeo y en el Consejo antes de ser aplicadas por los Estados miembros (EM) en un proceso que podría durar hasta cinco años para la Directiva [2], y tres para el Reglamento [3]. En el caso de la Directiva, el texto tendrá después que trasponerse a la legislación nacional de cada país, permitiendo algunas adaptaciones a la normativa institucional vigente y a las estrategias en vigor sobre pesticidas. En el caso del Reglamento, una vez aprobada por el PE y el Consejo, será de aplicación directa e inmediata en cada EM.

La Directiva: medidas positivas sin objetivos de reducción

Éste es el primer instrumento jurídico de la UE destinado al uso de los pesticidas y llena un vacío en la legislación vigente, con fuertes discrepancias entre países. Mientras algunos Estados tienen planes nacionales para reducir al mínimo el uso y los riesgos de los pesticidas durante las próximas dos décadas, otros están sufriendo un fuerte incremento en el uso de los pesticidas y sus peligros asociados. El Estado español se encuentra en esta segunda categoría, con unas ventas de pesticidas en aumento desde su ingreso en la UE. Sólo en el pasado año, docenas de usuarios han sufrido graves lesiones por el uso del paraquat, un herbicida muy tóxico, del que España es el mayor usuario en Europa.

La Directiva-marco incluye algunas medias positivas tales como la formación, actividades para fomentar la conciencia del público, verificación obligatoria del material para la difusión de estas sustancias, una prohibición con restricciones para la difusión aérea en los cultivos –creando zonas “de uso reducido” o “libres de pesticidas”–, medidas para proteger los recursos acuáticos, y la aplicación obligatoria de la Gestión Integrada de Plagas [4] a partir de 2014.

Medidas como unas fuertes restricciones a la difusión aérea fueron un logro real en el proceso de aportaciones al borrador, pese a la oposición del poderoso grupo de presión de la industria aeronáutica. Y es que numerosos ejemplos han demostrado que se pueden aplicar prácticas más benignas sin un aumento de costes para los agricultores, y que al tiempo suponen tanto una reducción de costes en términos de descontaminación del agua, como en beneficios para la salud. En general, la difusión aérea es inadecuada y las mejoras técnicas no han logrado hasta ahora resolver sus problemas. En España se han registrado muchos incidentes tales como la contaminación de campos de cultivo biológico, muerte de colmenas y abejas, difusión aérea excesiva de pesticidas en zonas de camping, e incluso en escuelas.

La creación de zonas de “uso reducido” o “sin pesticidas” permitirá, por ejemplo, limitaciones en el uso de pesticidas en áreas naturales protegidas y la protección de las zonas públicas tales como parques, zonas de juego y aledaños de las escuelas, para evitar los peligros planteados por la difusión indiscriminada de pesticidas, como ocurre hoy día. Estas medidas se adoptarán como parte de los Planes Nacionales de Acción implantados por los EM.

Pese a estas medidas positivas, la Directiva es heterogénea y de difícil aplicación, y deja a los EM mucho espacio para elegir hasta dónde quieren ir en el uso de pesticidas. Las exigencias de información son débiles: los EM sólo tendrán que informar cada tres años a la Comisión Europea y ésta informará cada cinco años. No hay procedimientos para recoger y almacenar los pesticidas obsoletos, un problema aún sin resolver en muchos países centroeuropeos y de Europa del este.

Otro asunto que queda abierto es el de la financiación. Según la Directiva propuesta, la Gestión Integral de Plagas será obligatoria para todos los agricultores a partir de 2014. Esto requiere recursos importantes para servicios de formación y de extensión para los agricultores. Una posible fuente de financiación sería la introducción de un impuesto sobre pesticidas, pero la CE omite cualquier referencia a esta posibilidad. Además, con algunos EM aplicando todavía un IVA reducido a los pesticidas (p.e. Portugal), queda un largo trecho por recorrer hasta llegar a una situación en la que se visibilice en los mercados que los pesticidas son un medio peligroso y caro de protección de los cultivos.

En conjunto, la propuesta de Directiva no logra mostrar cómo romper el vínculo insostenible entre productividad agrícola y uso de pesticidas. Los Planes Nacionales de Acción propuestos carecen de objetivos enérgicos y aplicables para reducir el uso de pesticidas. La CE estimó que se logrará una reducción del 13% en el uso de pesticidas con la actual propuesta. El objetivo de PAN Europe era reducir su uso en Europa en un 25% en cinco años y en un 50% en diez años [5], algo que no es factible con la actual propuesta.

El Reglamento: ¿antes el mercado que las personas?

El nuevo Reglamento para la aprobación de pesticidas revisa y modifica el sistema vigente de aprobación de los mismos de la UE [6].

El vigente sistema doble de aprobación de sustancias por la UE y aprobación de productos por los EM se mantendrá, pero se prevén algunos cambios. Se introducen normas positivas para el sistema de aprobación, como la sustitución de los pesticidas más peligrosos por alternativas más seguras, el denominado principio de sustitución, y la introducción de criterios basados en el peligro para la aprobación de sustancias en el mercado. Así, no se aceptarán las sustancias muy peligrosas [7] tales como las cancerígenas, persistentes, bioacumulativas, tóxicas y algunos disruptores endocrinos. Esta introducción de criterios basados en el peligro para la aprobación de sustancias fue un punto central en la campaña de PAN Europe en los últimos años y tuvo que enfrentarse al poderoso grupo de presión de las grandes compañías agroquímicas.

Pero aunque suponen un paso positivo, los criterios vigentes permiten la eliminación de sólo unas pocas sustancias del mercado, a la vez que se echan en falta disposiciones para considerar los nuevos efectos dañinos que se vayan conociendo. Mientras la investigación científica avanza rápidamente, los convenios internacionales van clasificando sustancias en la categoría de disruptores endocrinos a un ritmo mucho menor. Con este panorama, podría llevar años y largas batallas jurídicas conseguir la eliminación del mercado de las sustancias peligrosas.

La especial sensibilidad de los niños fue otro caballo de batalla en el que se ha alcanzado un éxito parcial. La protección de los niños y de los grupos vulnerables se especifica en los criterios para la aprobación de sustancias, pero se echa de menos una metodología para evaluar los factores de seguridad a la hora de fijar Límites Máximos de Residuos y Dosis de Referencia Agudas.

Otro paso positivo es la introducción de un registro simplificado para las sustancias de bajo riesgo (donde se incluyen los biopesticidas) que podría facilitar la incorporación al mercado de sustancias menos peligrosas. Pero la eficacia de esta medida dependerá de los criterios para la definición de una sustancia de bajo riesgo (actualmente sin concretar) y del ritmo del proceso de revisión.

Por desgracia, la propuesta de Reglamento también presenta aspectos preocupantes. Una de las principales razones que parecen haber guiado esta revisión del programa de aprobación de pesticidas es la eficiencia del mercado, cuando debería haber sido la protección de la salud humana y del medio ambiente. Con arreglo a esta propuesta se implantará un nuevo sistema de autorización por zonas para los productos. Las zonas indicadas incluyen áreas tan distintas climáticamente como, por ejemplo, Asturias y Chipre en un mismo grupo [8]. Si Chipre autorizase un producto específico, España tendría que aceptar su venta en los mercados españoles, con poco margen para modificar las condiciones de aprobación.

También es preocupante la propuesta de tener un sistema donde, después del primer examen de substancias, la renovación será por un período ilimitado de tiempo, sin ninguna disposición que permita una evaluación periódica de las mismas.

Si sumamos a estos últimos puntos la ausencia de cualquier consideración sobre las repercusiones de las decisiones de la UE sobre otros países, especialmente aquellos en vías de desarrollo, tenemos que concluir que esta propuesta carece de fuerza en la UE y a escala mundial. Las sustancias peligrosas seguirían siendo aprobadas, con algunos condicionantes demasiado generales para ser efectivos, y serán vistas por muchos países en vías de desarrollo como seguras, pese a que los pequeños agricultores y los trabajadores del campo no tendrán apenas medios para protegerse contra los peligros de estos pesticidas.

Pocos cambios sustanciales

La nueva Directiva introduce algunas medidas positivas para los EM como España, que aún no tienen un Plan Nacional para los pesticidas y donde hay muy poca conciencia pública sobre sus peligros. Pero no aplica medidas estrictas para reducir el uso de los pesticidas y cortar el vínculo insostenible entre productividad agrícola y uso de pesticidas. Con tan pocos objetivos obligatorios, corresponderá a los EM decidir si aplican un Plan de Acción cosmético o uno que suponga un cambio en el modo en que los agricultores ven y usan los pesticidas. La participación de las ONG en la elaboración, aplicación y seguimiento de los Planes de Acción será fundamental para la calidad de estos instrumentos y el éxito de la Directiva en general.

Respecto a los cambios en la aprobación de pesticidas para el mercado de la UE, la introducción de criterios basados en los peligros excluirá algunas de las sustancias más preocupantes, pero otras seguirán siendo aprobadas con medidas de mitigación demasiado generalistas, imposibles de seguir y hacer cumplir en el campo. No hay disposiciones para una rápida inclusión de aquellos efectos nuevos que se vayan conociendo, y hay muchas dudas sobre si protegerán a los grupos vulnerables, en particular los niños. Se ha introducido el principio de sustitución y un sistema especial de registro para las sustancias de bajo riesgo, pero la CE misma expresó dudas sobre su factibilidad. El registro de productos por zonas significará probablemente más productos en el mercado para algunos países, como aquellos de la zona sur, entre los que se encuentra España.

Fertilizantes y fitosanitarios en Andalucía

Juan Carlos Pérez Montero, Ecologistas en Acción de Andalucía

Varios cambios recientes han supuesto un duro golpe al mercado de fertilizantes y fitosanitarios: la desvinculación de las ayudas europeas de la producción en gran parte de los cultivos subvencionables o cultivos PAC (olivar, herbáceos, algodón, etc.); el desarrollo de las ayudas agroambientales como la agricultura ecológica; y la puesta en marcha de la normativa de ecocondicionalidad. Si bien antes lo principal era producir y por ello se debían utilizar infinidad de fertilizantes y fitosanitarios, ahora se ha pasado a una situación diferente, ya que las ayudas de estos cultivos están relacionadas con las producciones y superficies sembradas en años anteriores, desvinculándose por tanto de la producción, lo que está haciendo que muchos agricultores opten por formas diferentes de cultivo como la agricultura ecológica.

La patronal de fertilizantes (ENFEE) y fitosanitarios (AEPLA) declaran haber disminuido sus ventas en 2005 un 15% con respecto a 2004. La tendencia se va haciendo cada vez más patente en los cultivos PAC debido a los malos años de cultivo recientes y a los bajos precios de mercado de estos productos (el trigo mantiene su precio desde hace más de 20 años, habiendo aumentado los costos de cultivo en más del 30%).

Si bien en este tipo de cultivos los agricultores están bajando el uso individual de insumos, las Administraciones públicas siguen manteniendo sus programas de “erradicación de plagas endémicas” con tratamientos masivos a través de avionetas con insecticidas químicos: en el olivar para la mosca del olivo; en el pinar para la procesionaria; y recientemente en la zona noreste de Granada para el control de la langosta en herbáceos de secano. Insecticidas de gran impacto ambiental –especialmente sobre la avifauna– y para la salud humana –como el dimetoato, el malatión o la cipermetrina– se están utilizado de forma extensiva en miles de hectáreas de cultivo en Andalucía, con la tolerancia y financiación de la UE a través de fondos agrarios.

La situación tampoco ha cambiado en los cultivos que no se acogen a las actuales ayudas PAC (hortofrutícolas principalmente) y que por lo tanto no dependen de ellas para su subsistencia. En este tipo de cultivos el nivel de consumo de fitosanitarios y fertilizantes se mantiene. Si bien la puesta en marcha de la Producción Integrada como fase intermedia entre la agricultura convencional y la ecológica parecía que iba a reducir en alguna medida el uso de fitosanitarios (especialmente los más peligrosos), esto se ha truncado por el fracaso comercial de esta etiqueta de calidad, que finalmente no posee nicho alguno en el mercado. Por ello muchos agricultores que comenzaron con este sistema han vuelto a la agricultura convencional pura y dura. A finales del 2004 en Almería se desarticuló una red de importadores de fitosanitarios prohibidos en la UE desde China.

Uno de los biocidas más peligrosos del mundo es el bromuro de metilo. Pero para el fresón de Huelva, desde la UE se ha dejado una válvula de escape para que algunos agricultores se puedan acoger a la posibilidad de uso por “inexistencia de alternativa técnica viable” y lo están utilizando con el consentimiento de las Administraciones públicas, cuando estas alternativas sí existen.

Todo esto nos indica que la seguridad de nuestros alimentos se encuentra en entredicho y que desde las Administraciones públicas no se están tomando las medidas oportunas para la preservación del medio ambiente y para salvaguardar el derecho de los ciudadanos a una alimentación de calidad. A día de hoy, tan sólo la agricultura ecológica garantiza un futuro sostenible para el mundo rural y la salud de los consumidores. Somos nosotros los que, con nuestro consumo, podemos hacer que la situación cambie a mejor o se afiance aún más.

[1] PAN Europe, Pesticides Action Network Europe, www.pan-europe.info

[2] Propuesta de Directiva para el uso sostenible de pesticidas
http://ec.europa.eu/environment/ppps/pdf/com_2006_0373.pdf

[3] Propuesta de Reglamento para la introducción de pesticidas en el mercado de la UE
http://ec.europa.eu/food/plant/protection/evaluation/com2006_0388en01.pdf

[4] Definida como “Cuidadoso examen de todas las técnicas de control de plagas y la ulterior integración de las medidas adecuadas que disuadan el desarrollo de las poblaciones de plagas y mantengan los productos de protección de los vegetales y otras formas de intervención en niveles que se justifiquen económicamente y reduzcan o minimicen los riesgos para la salud humana y para el medio ambiente. Una gestión integrada de plagas fomenta el crecimiento de una cosecha sana con la menos disrupción posible en los agrosistemas y fomenta los mecanismos naturales de control de plagas.” Esto se atiene a la definición del Código de Conducta de la FAO ya debatido y aprobado por los EM de la FAO, CropLife y las ONG, incluida PAN.

[5] PAN Europe (2002), Texto sugerido para una Directiva del PE y del Consejo sobre medidas para la reducción del uso y de las repercusiones de los pesticidas en la salud y en el medio ambiente. http://www.pan-europe.info/PURE/pure_campaign_directiva.shtm

[6] Directiva 91/414/EEC para la aplicación de pesticidas en el mercado de la UE.

[7] Categorías I y II carcinógenas, tóxicas para la reproducción o mutágenas (CRM) según define la Directiva 67/548/EEC; sustancias persistentes, bioacumulativas y tóxicas (PBT); sustancias muy persistentes y bioacumulativas (vPvB); contaminantes orgánicos persistentes (POP) según las define la Convención de Estocolmo; directivas de prueba aprobadas internacionalmente examinando las sustancias con propiedades disruptoras endocrinas.

[8] Norte (Dinamarca, Letonia, Lituania, Finlandia y Suecia), Centro (Bélgica,
República Checa, Alemania, Irlanda, Luxemburgo, Hungría, Países Bajos, Austria, Polonia, Eslovenia, Eslovaquia y Reino Unido), Sur (Grecia, España, Francia,
Italia, Chipre, Malta y Portugal).